IVA: Como cotiza la Atención telefónica 24 horas en arrendamientos turísticos
La consulta aborda si el arrendamiento de viviendas turísticas que incluye un servicio de atención telefónica las 24 horas está exento del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).
En la administración de apartamentos turísticos se ofrece un servicio de atención telefónica ininterrumpida para solucionar cualquier problema y asistir durante la estancia. Se consulta a la Dirección General de Tributos (DGT) si estos servicios pueden considerarse característicos de la industria hotelera.
La Administración aclara que:
- Tanto la empresa gestora como los propietarios de los apartamentos actúan como empresarios o profesionales, por lo que están sujetos al IVA por los servicios prestados en el marco de su actividad.
- Aunque el arrendamiento de un inmueble destinado exclusivamente como vivienda está sujeto y exento de IVA, este no está exento cuando se alquila a entidades jurídicas (ya que no lo pueden destinar directamente a viviendas) o cuando el arrendador ofrece servicios típicos de la industria hotelera (según el artículo 20.1.23º de la Ley del IVA).
- En cuanto a los «servicios complementarios propios de la industria hotelera», la legislación del impuesto menciona como ejemplos los servicios de restaurante, limpieza, lavandería y otros similares. Estos servicios son un complemento habitual del alojamiento y no pierden su naturaleza de servicio hotelero, ya que ofrecen al cliente algo más que el simple uso de un inmueble. En particular, se consideran servicios hoteleros la limpieza interior del apartamento y el cambio de ropa de cama y toallas con frecuencia semanal.
Por lo tanto, están sujetos y no exentos de IVA aquellos arrendamientos de viviendas completas o por habitaciones en los que el arrendador se compromete a proporcionar servicios típicos de la industria hotelera.
Con base en lo anterior, se concluye que los servicios de atención telefónica 24 horas para resolver incidencias relacionadas con la vivienda y la asistencia durante la estancia no se consideran servicios propios de la industria hotelera. Además, se debe tener en cuenta que la posibilidad de que el inquilino se comunique con el arrendador para solucionar problemas derivados del arrendamiento, ya sea directamente o a través de un tercero, es una práctica común en los contratos de arrendamiento de vivienda.
Consulta DGT V1096/2024 de 22 mayo de 2024. EDD 2024/610823
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