El TSJ ha estimado el recurso de apelación del demandante contra la desestimación de una reclamación de responsabilidad patrimonial al Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM), por los daños sufridos tras una intervención quirúrgica que resultó en la amputación de una pierna.
El Tribunal ha considerado que no se obtuvo un consentimiento informado adecuado, ya que la información proporcionada al paciente no se ajustaba a la intervención realizada. Además, se ha determinado que hubo una demora excesiva en la intervención del cirujano vascular una vez que surgieron complicaciones, lo que contraviene la lex artis ad hoc y contribuyó a la isquemia irreversible y la posterior amputación.
Reconoce el TSJ que, aunque los urólogos pueden abordar problemas arteriales de menor complejidad, en este caso, la gravedad de la situación requería la pronta intervención de un cirujano vascular. La tardanza en solicitar su asistencia fue significativamente superior a la adecuada y, por tanto, se considera que hubo una infracción de la lex artis.
Como resultado, el TSJ ha declarado la responsabilidad patrimonial de la Administración por los daños sufridos por el paciente y ha reconocido el derecho a una indemnización de 284.769,87 euros, más los intereses legales desde la fecha de la reclamación.
Esta decisión subraya la importancia del consentimiento informado y de la pronta respuesta a las complicaciones en el ámbito de la cirugía, así como la responsabilidad de la Administración sanitaria en el cumplimiento de estos deberes.
STSJ Cast-La Mancha (Contencioso) de 19 septiembre de 2024. EDJ 2024/714967
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