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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
2 de noviembre de 2021

Incremento de jornada para defraudar a la Seguridad Social

Con el fin de aumentar las bases de cotización de la trabajadora para las prestaciones percibidas por baja por riesgo de embarazo.

La sentencia de instancia desestima la demanda formulada por el empresario en impugnación de sanción administrativa impuesta, por falta muy grave tipificada en el art. 23.1.c) del TRLISOS, consistente en la actuación fraudulenta del actor con la trabajadora afectada, dirigida a obtener una mejora cuantitativa de la base reguladora de la prestación de riesgo por embarazo.

La Sala entiende probado que el empresario, ante la previsión de incremento de actividad negocial el 24 de marzo 2019, procede a ampliar la jornada de la trabajadora embarazada, respecto de la cual conoce que, a partir del día 5 de abril 2019, debería llevarse a efecto el cambio de puesto de trabajo o función compatible con su estado, según consta en el certificado médico emitido por la Mutua el 19 de marzo 2019.

Todo lo anterior era conocido por el empresario, participando en connivencia con su empleada para el incremento de la prestación de riesgo por embarazo reconocida, en cuantía superior a la que le correspondería de conformidad al contrato de trabajo a tiempo parcial suscrito desde el inicio.

En el presente litigio, el acta de la Inspección de Trabajo constata un dato objetivo, aprecia la existencia del tipo (se incrementa la jornada de la trabajadora que hasta el mes anterior a su baja de riesgo por embarazo era a tiempo parcial, al 100% de jornada, que el empresario conoce y solo por atender al incremento fraudulento de bases a efectos de la prestación que va a percibir), por el que propone sanción y que no ha podido desvirtuar la presunción de veracidad tantas veces referida.

En concreto, la empleada prestó servicios en la empresa desde enero de 2019, con jornada al 75%, hasta el 24 de marzo de 2019. En marco general de negocio que -se admite-, incrementa al momento de la ampliación de jornada pactada con la empleada, pero, conociendo el empresario la previsión de baja de riesgo por embarazo días más tarde, que indicaba, más bien, que las condiciones de prevención de riesgos avalaban otras circunstancias como recolocación en puesto adecuado para su estado de gestación (negado como posible con la solicitud de la trabajadora de marzo de 2019, por el empresario), que el incremento de jornada en el que venía desempeñando.

Las mismas han sido analizadas en el acta de infracción, valorando muy especialmente la Juzgadora la contratación de esta empleada, junto a la baja que se producen inmediatamente al incremento de jornada, sin que pueda vincularse tal incremento a la actividad del negocio, y sí a la obtención por la empleada de una prestación de superior importe al que por su contrato hubiera percibido.

STSJ CANTABRIA (SOCIAL) DE 7 OCTUBRE DE 2021. EDJ 2021/714292

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Incremento de jornada para defraudar a la Seguridad Social

Con el fin de aumentar las bases de cotización de la trabajadora para las prestaciones percibidas por baja por riesgo de embarazo.

02/11/2021
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