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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
8 de marzo de 2024

¿Es aplicable agravante de género aunque no exista relación de pareja?

Es independientemente de la existencia de relación sentimental, siendo aplicable cuando se busca dominar y subordinar a la víctima.

El ahora recurrente mantuvo una relación de amistad con una mujer, la cual decidió poner fin a la relación debido a los intentos del condenado de establecer una relación sentimental, lo cual no fue aceptado por el hombre que le disparó, causándole la muerte.

El recurso de casación presentado se basa en la presunta vulneración de la presunción de inocencia y errores en la valoración de la prueba, pero el TS rechaza estos argumentos, respaldando la valoración probatoria realizada en instancias previas.

Considera la Sala que la prueba presentada, incluyendo testimonios, reconstrucción fisonómica, análisis de residuos de disparo en la ropa de recurrente, informes de autopsia y declaraciones de agentes de policía, que apuntan a un móvil de dominación y control por el recurrente hacia la víctima, fue suficiente para enervar la presunción de inocencia.

Destaca el Tribunal la importancia de la valoración probatoria en casos de violencia de género, respaldando la decisión de condena inicial y reafirmando el compromiso judicial en la lucha contra este tipo de violencia.

Además, considera que la agravante de género está correctamente aplicada, ya que el crimen se produjo como resultado de la negativa de la víctima a continuar la relación con el acusado, lo que refleja un patrón de violencia de género.

La sentencia se basa en jurisprudencia previa que establece la aplicación de la agravante de género en casos de violencia contra la mujer, independientemente de la existencia de una relación de pareja.

Asimismo, destaca que la agravante se aplica en situaciones en las que el agresor busca dominar y subordinar a la víctima, perpetuando patrones de discriminación históricos y socialmente arraigados.

La Sala rechaza los argumentos del recurrente sobre la falta de pruebas de la agravante de género, sosteniendo que la presencia de residuos de disparo en la camisa del acusado es un hecho incontestable, respaldado por pruebas contundentes. Además, se rechaza la solicitud de revisión de pruebas periciales, ya que el recurrente no presenta documentos literosuficientes que demuestren un error en la apreciación de la prueba por parte del tribunal.

Por tanto, se confirma la condena del acusado por asesinato con agravante de género, siendo correcta la aplicación de esta agravante en casos de violencia de género, incluso fuera de relaciones de pareja.

STS (PENAL) DE 20 SEPTIEMBRE DE 2023. EDJ 2023/696066

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¿Es aplicable agravante de género aunque no exista relación de pareja?

Es independientemente de la existencia de relación sentimental, siendo aplicable cuando se busca dominar y subordinar a la víctima.

08/03/2024
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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