Un accionista recurre las resoluciones de la asamblea general ordinaria por varios motivos, incluyendo la violación de su derecho a solicitar la ampliación del orden del día, lo cual, en su opinión, invalida la asamblea y, por ende, todos los acuerdos tomados en ella, conforme al art. 172 LSC.
El Juzgado de lo Mercantil estimó la demanda en su totalidad, pero la Audiencia Provincial revocó dicha sentencia. La Audiencia determinó que el accionista no ejerció adecuadamente su derecho a solicitar la ampliación del orden del día, ya que lo hizo de forma «subsidiaria» a otras solicitudes de información, lo cual no se considera aceptable desde el punto de vista de la seguridad jurídica y el ejercicio de los derechos de buena fe.
Es importante señalar que la sociedad está obligada a atender la solicitud de ampliación del orden del día hecha por el accionista, y de ello depende la validez de la propia asamblea. Por tanto, se debe verificar si se cumplen los requisitos legales para dicha solicitud (porcentaje del capital social en manos del accionista solicitante y plazo para hacer la solicitud, exclusivamente).
No se puede considerar ejercido este derecho de forma meramente eventual, es decir, como subsidiario a otras acciones, ya que esto pone en riesgo la validez de la asamblea a celebrarse y de todos sus acuerdos, basándose en criterios de si se activa o no la solicitud subsidiaria de ampliación, con el debate de si se han satisfecho o no las acciones previas que determinarían la posibilidad de activar la solicitud subsidiaria de ampliación.
Es posible que el accionista, después de solicitar cierta información de la sociedad sobre los puntos incluidos en la convocatoria y tras recibir la negativa de la sociedad a proporcionarla, ejerza su derecho a pedir la ampliación de la convocatoria, siempre y cuando aún esté dentro del plazo para hacerlo. Sin embargo, no es admisible que tal petición se formule desde el principio, de manera subsidiaria y directa.
SAP MADRID DE 23 JUNIO DE 2023. EDJ 2023/682532
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