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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
15 de abril de 2025

Consecuencias de no acudir, por olvido, a control de la IT

Se restablece la prestación de IT a un trabajador que no acudió al reconocimiento médico de la mutua por olvido.

El TSJ País Vasco revoca la resolución de una mutua que extinguía la prestación de incapacidad temporal (IT) de un trabajador, quien no asistió a una cita médica.

La mutua había tomado la decisión tras conceder un plazo de audiencia de 10 días al interesado.

El trabajador, considerando desproporcionada la medida y alegando circunstancias atenuantes, presentó una demanda solicitando la revocación de la resolución extintiva y una indemnización por daños y perjuicios.

El trabajador, tras ver desestimada su demanda en primera instancia, recurrió en suplicación, cuestionando la justificación de su incomparecencia al reconocimiento médico y la relevancia de sus actuaciones posteriores. El TSJ del País Vasco, al analizar el caso, consideró que la falta de comparecencia estaba suficientemente justificada. El día siguiente a la incomparecencia, el trabajador acudió al servicio público de salud, donde se le diagnosticó una clínica vírica respiratoria y se le prescribió reposo domiciliario. Además, el trabajador comunicó a la mutua por correo electrónico su enfermedad y el olvido de la cita, ofreciéndose para futuros reconocimientos.

El Tribunal valora positivamente la actuación espontánea del trabajador, interpretándola como la revelación de un error involuntario y una muestra de disposición para someterse a otro reconocimiento médico.

Entiende el Tribunal que la reacción inmediata del trabajador, sin haber recibido comunicación alguna por parte de la mutua sobre su falta a la cita, demostró que no hubo intención de sustraerse al control de la mutua ni de dilatar el proceso de IT. Además, el Tribunal subrayó que la incomparecencia no implicó una desvinculación del tratamiento ni de los seguimientos médicos necesarios para la IT.

Sin embargo, el TSJ del País Vasco desestima la pretensión de indemnización por daños y perjuicios, considerando que los perjuicios sufridos por el trabajador están reparados con la estimación de la demanda y el reconocimiento del derecho a la prestación de IT.

STSJ País Vasco (Social) de 4 febrero de 2025. EDJ 2025/529366

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Se restablece la prestación de IT a un trabajador que no acudió al reconocimiento médico de la mutua por olvido.

15/04/2025
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