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Redactado por: Redacción Actum Civil
17 de octubre de 2023

Carácter instrumental de la fijación de cuantía del proceso

Tiene un carácter meramente instrumental en cuanto que no constituye un fin en sí mismo, sino una premisa para el examen de otros presupuestos procesales.

La fijación de la cuantía como indeterminada no vulnera el principio de efectividad en cuanto al derecho del consumidor de quedar indemne y obtener una reparación completa de los daños causados por las cláusulas abusivas y su repercusión en la fijación del importe de las costas.

El incremento de la minuta del abogado en la tasación las costas que ha de pagar el litigante vencido no supone, necesariamente, una mayor protección de los legítimos derechos e intereses del consumidor.

La fijación de la cuantía del procedimiento no integra propiamente el objeto principal  de la tutela judicial solicitada en una demanda, sino que tiene un carácter meramente instrumental, en cuanto que no constituye un fin en sí mismo, sino una premisa para el examen de otros presupuestos procesales.

En consecuencia, la cuantía del procedimiento:

– ni es objeto propio de un pronunciamiento de la sentencia,

– ni por tanto tiene sentido que sea el único objeto del recurso de apelación o de los recursos extraordinarios.

Las diversas funciones de la cuantía del proceso y la insuficiente regulación legal del régimen de su fijación aconsejan residenciar el debate y la resolución de la discrepancia sobre la cuantía del proceso en el trámite procesal más adecuado, según sea la función que cumple la fijación de la cuantía que se pretende en cada caso. Así, en el asunto dirimido, se refiere al incidente de tasación de costas, y a su eventual impugnación judicial, cuando se trata de valorar la corrección de los honorarios del abogado o de aplicar el límite establecido en la LEC art.394.3.

STS (CIVIL) DE 25 JULIO DE 2023. EDJ 2023/636251

Fuente: Actum Civil

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Carácter instrumental de la fijación de cuantía del proceso

Tiene un carácter meramente instrumental en cuanto que no constituye un fin en sí mismo, sino una premisa para el examen de otros presupuestos procesales.

17/10/2023
Redactado por: Redacción Actum Civil
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