En relación a si cabe considerar como
un rendimiento de trabajo en especie la cesión del uso de un vehículo por la empresa
al trabajador durante el estado de alarma ocasionado por la crisis sanitaria del
coronavirus, teniendo en cuenta la circunstancia del confinamiento derivado de esa
situación y que el vehículo estuvo inmovilizado.
La Dirección General señala que sí
constituye un rendimiento del trabajo en especie, argumentando que:
– el estado de alarma no implica la
inmovilización del vehículo, sino la limitación de los desplazamientos a los permitidos
en dicho estado;
– partiendo del concepto de retribución
en especie, que exige la utilización, consumo u obtención, para fines particulares,
de bienes, derechos o servicios de forma gratuita o por precio inferior al normal
de mercado, aun cuando no supongan un gasto real para quien las conceda, la imputación
al contribuyente de la retribución en especie deriva de la obtención del derecho
de uso del vehículo, existiendo dicha retribución en la medida en que este tenga
la facultad de disponer del vehículo para usos particulares, con independencia de
que exista o no una utilización efectiva para dichos fines.
CONSULTA DGT V1387/2020 DE 13 MAYO DE 2020. EDD 2020/584368
Fuente: Actualidad Mementos Fiscal
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