Se plantea la cuestión relativa a si los padres pueden disfrutar acumuladamente el permiso de lactancia, cuando concluye su permiso de paternidad, si las madres están disfrutando la suspensión de sus contratos por maternidad.
La AN declara que la negativa empresarial a reconocer el permiso de lactancia a los padres, aunque hayan concluido su permiso por paternidad, hasta la decimosexta semana desde el parto, limita el ejercicio del derecho de ambos progenitores, por cuanto obstaculiza el derecho de opción de la madre a compartir con el padre su permiso de maternidad, en los términos previstos en el art. 48,4 ET.
El permiso de lactancia está regulado en el sentido de que en los supuestos de nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento, para la lactancia del menor hasta que este cumpla 9 meses, se prevé la posibilidad de que los trabajadores disfruten de una hora de ausencia del trabajo, que pueden dividir en dos fracciones, o sustituir este derecho por una reducción de su jornada en media hora con la misma finalidad o acumularlo en jornadas completas.
Asimismo, se reconoce como un derecho individual de los trabajadores, ya sean hombres y mujeres, y una limitación, según la cual solo puede ejercerse por uno de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen. Es claro, por tanto, que los progenitores pueden disfrutar del permiso en cualquiera de sus manifestaciones hasta que el menor cumpla los 9 meses, lo cual permite su disfrute sucesivo, pero no simultáneo.
Por tanto, aunque el permiso de lactancia no sea compatible con la suspensión del contrato por maternidad o paternidad, dicha
incompatibilidad afecta únicamente al ejercicio simultáneo de ambos derechos por el mismo progenitor, pero no afecta en absoluto, cuando uno de ellos tiene suspendido su contrato por el ejercicio del derecho de maternidad y/o paternidad y el otro reclama el disfrute del permiso de lactancia.
Ello supone, en la práctica, que los padres podrán disfrutar de menos días de permiso de lactancia, lo cual provoca objetivamente un efecto disuasorio para el ejercicio del derecho, entre cuyas finalidades está precisamente la corresponsabilización de ambos cónyuges en el cuidado de sus hijos, al solapar indebidamente el ejercicio del derecho con el disfrute del permiso por maternidad, lo cual supone una manifiesta discriminación por razón de sexo.
SAN Sala de lo Social de 19 julio de 2018. EDJ 2018/543066
Fuente: Actualidad Mementos Social
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María, por tu forma de hablar parece que no has sido madre nunca… El permiso de paternidad ampliado esta asociado a la ayuda exclusiva del cuidado del bebé, e incluyendo a la madre. Una madre con lactancia está limitada a hacer otras tareas, hacer la comida, poner lavadora, limpiar la casa, ir a comprar… Estas tareas que en un principio se reparten entre la pareja (o debería ser asi) pasa a ser casi total para el padre, ya que la madre no dispone de tiempo, ganas por cansancio o simplemente no se puede despegar de su bebé. Si hubieras sido madre sabrías apreciarlo y no dirías esos comentarios… a parte de que no se en que año vives, pero existen unos «sacaleches» para los senos de la mujer que se convierten en biberones de leche materna que le puede dar el padre perfectamente sin necesidad de senos con glándulas mamarias…
Dicho lo anterior, la comida no es una opción, es una obligación… Y si puede darla la madre o el padre, el padre o la madre, mucho mejor. Almenos se puede elegir. Ya sabemos el dicho, madre solo una (padre el que los cuida)… Hay que dar esa oportunidad al que quiera ser padre.
Gracias Maria, por tu comentario… Pero hay que explicar a los peques sin mami, que su padre no tiene «SENOS» y por lo tanto no puede estar a su lado durante ese permiso. 😐
Porque la lactancia no tiene por qué ser solo de pecho, un biberón se lo puede dar cualquiera de los dos progenitores
El permiso de paternidad ampliado está bien pensado siempre y cuando se pueda continuar con el de la madre una vez ella se incorpore tras el tiempo de lactancia materna. Así será de verdad permiso de PATERNIDAD útil. Pues el bebé cogerá entonces un vínculo con su padre al estar con el a solas en casa y no tener que ir a la guardería
Si el padre no tiene senos con glándulas mamarias ¿para qué un tiempo de «lactancia»? ese tiempo se tendría que ampliar a la mujer al menos hasta cumplir los seis meses del bebé, la lactancia MATERNA exclusiva que recomienda la OMS.