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Redactado por: Ana María Soler Díaz
9 de agosto de 2016

Brexit, ¿En qué situación se encuentra Gibraltar?

Para proceder al análisis y opinión del fenómeno Brexit, así como la importancia de éste para Gibraltar y su permanencia en la Unión Europea (en adelante, UE), se deberá empezar por determinar, en aras de la obtención de una mayor comprensión, que ha de entenderse por el mencionado fenómeno.

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Para proceder al análisis y opinión del fenómeno Brexit, así como la importancia de éste para Gibraltar y su permanencia en la Unión Europea (en adelante, UE), se deberá empezar por determinar, en aras de la obtención de una mayor comprensión, que ha de entenderse por el mencionado fenómeno.
Nada más lejos del intrincado significado que pueda parecer, el término Brexit es un acrónimo inglés formado por la unión de las palabras Britain y Exit. Así, el 23 de junio del presente año, como bien es conocido por todos, tuvo lugar un referéndum, algunos dirían, El Referéndum, donde David Cameron, primer ministro de Reino Unido, sometió a votación y consulta ciudadana la decisión de permanecer dentro de la UE y seguir formando parte de la misma, consulta que no se realizaba desde hacía varios años, concretamente desde 1975, donde el 67% de los británicos dijeron sí a su permanencia en este bloque.
Como puede verse a continuación, en las papeletas se preguntó a la ciudadanía británica si Reino Unido debía o no permanecer como miembro de la Unión Europea. Siendo estos ciudadanos los encargados de determinar dicha decisión y, en este caso, rigiendo el mismo derecho al sufragio activo que en las elecciones generales, esto es, podrían ser sujetos votantes las personas mayores de edad, británicos, irlandeses y de la Commonwealth que residieran en Reino Unido, los emigrantes cuya residencia fuera del país no superase los 15 años, los residentes en Gibraltar que formaran parte, también, de la Commonwealth, miembros de la Cámara de lo Lores, y los chipriotas y malteses que residieran en Reino Unido.
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Por tanto, como puede comprobarse, en un principio sí que, de alguna forma, se tuvo en consideración a los ciudadanos británicos residentes en Gibraltar, por lo que, se trató de un referéndum donde se escucharon amplias voces, pero donde, quizás, no se tomó en consideración el peso de las mismas, así como las consecuencias de las decisiones que, posteriormente, se adoptarían.
Fabian Raymond Picardo, Ministro Principal de Gibraltar, amaneció el 24 de junio de 2016 con la noticia de que Reino Unido había tomado una decisión que marcaría un antes y un después en el seno de la UE y, por ende, en la situación de Gibraltar. El 51,9% de los británicos votaron sí a la salida del bloque comunitario, frente a un 48,1% de los votantes, que querían permanecer en dicho bloque. Todo estos acontecimientos conllevaron, de alguna forma, a un punto de inflexión en la situación de Gibraltar y sus relaciones con España.
Sin entrar a analizar todo lo que el Brexit conlleva, que por muchos es sabido y por otros tantos se podría imaginar, de acuerdo al artículo 50 del Tratado de Lisboa, Reino Unido no abandonará automáticamente la UE, sino que dispone de dos años para llevar a cabo las negociaciones oportunas en cuanto a los términos que regirán a su salida y, entre otras, en que situación se quedaría Gibraltar, y dicho periodo de dos años no empezarán a transcurrir hasta que Reino Unido lleve a cabo la oportuna notificación a la UE, por lo que, en mi opinión, sí bien es cierto que se conoce la opinión y preferencia del pueblo británico, hasta que no se produzca esta notificación, no se pondrá en práctica la salida del bloque comunitario.
No obstante, y con independencia del plazo del que disponen, el miedo es palpable por todos aquellos que cruzan la verja de Gibraltar para prestar servicios de forma diaria. Es decir, ¿qué ocurre con la libre circulación de trabajadores prevista en el artículo 45 del TFUE? ¿Y con la libre circulación de capital? Debe tomarse en consideración varios aspectos.
Por un lado, Reino Unido forma pate de la UE y, por tanto, al ser un país comunitario, aunque no perteneciente al Espacio Schengen, donde han quedado suprimidas las fronteras comunes entre los países integrantes, le es de aplicación la libre circulación de personas, de servicios y de capital, aunque no de mercancías, por ello precisamente existe control aduanero en Gibraltar. En base a ello, más de 13.000 trabajadores cruzan la frontera diariamente para trabajar en Gibraltar o en el Campo de Gibraltar, por lo que es de analizar como afectaría a dichos trabajadores el fenómeno del Brexit. Por lo que, en lo que aquí respecta, y de acuerdo a la Directiva relativa a la libre circulación de trabajadores y el Tratado de la Comunidad Europea, ¿qué ocurriría con todos aquellos ciudadanos de los países de la UE que quieran moverse por otro estado miembro en busca de un empleo en las mismas condiciones y con los mismos derechos que los trabajadores nacionales por cuenta ajena del país en el que pretendan prestar servicios?

¿En que situación pasarían a encontrase los trabajadores británicos y españoles que cruzan la frontera diariamente? Carece de toda lógica que, personas que diariamente, y durante años, han prestado servicios en Gibraltar en base a la libre circulación de trabajadores, se encuentren en la tesitura de ser obligados a solicitar visados y permisos de trabajo para ser trabajadores por cuenta ajena. No solo por el coste económico y social que ello supondría, sino porque las relaciones comerciales y personales que mantienen vecinos de uno y otro lado de la verja se verían mermados, creando una situación totalmente negativa tanto para el Gobierno de Gibraltar, como el de España.
En este caso, y en lo que aquí acontece, dada la trayectoria histórica de Gibraltar y sus relaciones de buena vecindad con el Campo de Gibraltar, Fabian Picardo ha reiterado en diversas intervenciones que se debería mantener la libre circulación de personas y trabajadores y, asimismo, mantener relaciones comerciales entre Gibraltar y España, pues, aún cuando Gibraltar forme parte de Reino Unido, cuya soberanía aún hoy día continúa en cuestión, en el acuerdo que posteriormente se realice con el objeto de proceder a la salida de ésta de la UE, se debería determinar la posición en la que se encontraría Gibraltar. Pues, con independencia del lugar que ocupara Reino Unido con respecto a UE, y las negociaciones que aquella llevara a cabo, Gibraltar posee la soberanía e independencia suficiente para negociar el mantenimiento de la abertura de la frontera en las mismas condiciones y características que actualmente.
Por último, y en lo que a mi opinión respecta, ¿y si se recurre a la cooperación transfronteriza? ¿Y si en último término Gibraltar tuviese que seguir las directrices de Reino Unido y poner trabas a la libre circulación de personas? ¿Podría plantearse la posibilidad de crear una Agrupación Europea de Cooperación Territorial (en adelante, AECT)? Estas agrupaciones se regulan por el Reglamento 1302/2013 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 17 de diciembre, y se trata de agrupaciones de cooperación entre países miembros de la UE, o entre 

un estado miembro y un tercer país, como sería el caso, es decir, se podría llevar a cabo una AECT entre el Campo de Gibraltar y Gibraltar, siendo el objetivo fundamental de dichas agrupaciones el mantener o fortalecer la cohesión económica, social y territorial del ámbito geográfico en el que se establezca, ya que no solo se trataría de una mera cooperación transfronteriza, sino que además, se mantendrían las relaciones de vecindad entre los campos​ gibraltareños y los gibraltareños, y se potenciaría y favorecería el mantenimiento de las relaciones comerciales entre ambos territorios.
Por tanto, es totalmente necesario no solo negociar la posición de Reino Unido respecto de UE, sino también, llevar a cabo una negociación tripartita, donde se tome en consideración los deseos y necesidades de Gibraltar y de los vecinos próximos a la verja, tomándose en consideración, además, otras vías de actuación o posibilidades existentes para mantener el equilibrio entre España y Gibraltar y las interrelaciones que se dan entre ambos, como, en este caso y a tenor de lo arriba expuesto, el negociar y adoptar una AECT entre el Campo de Gibraltar y Gibraltar.
ANA MARÍA SOLER DÍAZ.

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Brexit, ¿En qué situación se encuentra Gibraltar?

Para proceder al análisis y opinión del fenómeno Brexit, así como la importancia de éste para Gibraltar y su permanencia en la Unión Europea (en adelante, UE), se deberá empezar por determinar, en aras de la obtención de una mayor comprensión, que ha de entenderse por el mencionado fenómeno.

09/08/2016
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