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Redactado por: Redacción
17 de julio de 2012

Expertos profundizan sobre los conflictos y litigios en materia tributaria

El curso de la Universidad Autónoma de Madrid y la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) analiza la prolija conflictividad en materia tributaria que se acrecienta en España.

Desde el año 2006 el promedio de las reclamaciones presentada en los Tribunales Económico-Administrativos han crecido un 55% hasta 2010. El mayor número de reclamaciones presentadas en 2010 corresponde a los Actos del Procedimiento Recaudatorio (27,50% sobre el total) seguido por aquellos que impugnan actos relativos al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (16,91%), al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (16,04%) y al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (9,56%).

Son datos extraidos del curso de verano sobre “Conflictos y litigios en materia tributaria” organizado por la Universidad Autónoma de Madrid y patrocinada por AEDAF, que ha tenido lugar en Miraflores, Madrid.

En este sentido, el curso abordó cuestiones tan relevantes y conflictivas como son las medidas cautelares, la prueba, los costes y las costas de los litigios y la ejecución de resoluciones y sentencias en materia tributaria.

El profesor Marín-Banuevo, director del curso, planteó la realidad del volumen de litigiosidad en España desde una perspectiva económica, a través de diferentes datos estadísticos y modelos econométricos. Señaló como uno de los principales problemas del modelo actual de revisión a la dilación existente entre la interposición de la reclamación o recurso y su resolución.

El actual presidente del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, Jose Ignacio Ruiz Toledano, comenzó mostrando la regulación básica del procedimiento de revisión en los tres niveles de la Administración y su evolución a lo largo de los años, deteniéndose en la última reforma operada en términos generales en materia tributaria: la Ley General Tributaria.

Ruíz Toledano consideró oportuno plantear el necesario impulso de las medidas previas a la vía económico – administrativa como las actas con acuerdo o la mayor utilización de los recursos de unificación de criterio del TEAC y los recursos de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.

Además, como el profesor Marin-Barnuevo, consideró la supresión de la doble instancia como una de las posibles soluciones para la reducción del volumen de litigación, afirmando que no afectaría en ningún caso a los derechos de los contribuyentes.

En la primera mesa redonda del curso sobre la prueba en los procedimientos de revisión, la profesora Rodriguez-Bereijo reivindicó la importancia de la prueba como elemento referencial para la consecución de los objetivos del recurrente y puso de manifiesto la paradoja existente dado el escaso interés que parece haber despertado en la doctrina.

Por su parte, Enrique Giménez-Reyna, asesor fiscal y ex secretario de Estado de Hacienda, puso el acento en la presunción de legalidad de los actos tributarios, haciendo hincapié en los problemas derivados de la posibilidad de desvirtuar la presunción a través de la prueba, y en las presunciones en las normas de valoración.

Medidas cautelares

En la segunda jornada del curso el profesor y socio de Garrigues Abelardo Delgado centró el análisis en la principal, por no decir única, medida cautelar en el procedimiento tributario: la suspensión de la ejecución de los actos tributarios.

Además, puso de manifiesto ya no sólo la diferencia en función del momento en que se encuentre la reclamación o recurso sino la existente entre la suspensión de una liquidación y la suspensión de una sanción, en cuyo caso, en vía administrativa, resulta automática concurriendo reclamación.

La cuantía en los procedimientos tributarios de revisión

La ponencia del profesor Félix Vega versó sobre la cuantía en los procedimientos de revisión tributaria.
La determinación de la cuantía no resulta un hecho baladí, pudiendo determinar la consecución de un pleito en un sentido favorable o desfavorable como bien explicó a través de los numerosos ejemplos.

Ejecución de resoluciones y sentencias

La  mesa redonda sobre Ejecución de resoluciones y sentencias en materia tributaria permitió confrontar la opinión de abogados, magistrados y docentes. De la exposición de los tres ponentes se pudo advertir la falta de claridad que existe en la interpretación de la ejecución de sentencias y resoluciones. Uno de los principales problemas que se encontró latente durante toda la sesión he la existencia del crédito presupuestario para la satisfacción de las resoluciones.

Se puso de manifiesto las contradicciones a las que llegan las resoluciones del Tribunal Supremo, permitiendo en determinadas resoluciones la doctrina del doble tiro y, en otras, permitiendo a la administración actuar sobre una misma liquidación tantas veces como desee siempre que no coincida el vicio que motiva su actuación. Por último, se concluyó con una fuerte critica a la abundante legislación española y su ineficiencia y constantes contradicciones.

La última jornada del curso abordó las cuestiones de honorarios, costas y costes de los procedimientos en revisión, así como el recurso de casación, sobre el que trató el letrado del Tribunal Supremo Santos Gandarillas.

Cerró el curso Eduardo Luque, profesor asociado de la UAM y Vicepresidente de la Asociación Española de Asesores fiscales, con un repaso a las múltiples dificultades del contribuyente en la vía contencioso-administrativa, y sobre la práctica desaparición del recurso de casación con las recientes medidas aprobadas por el Gobierno en materia judicial.

Con este Curso de Verano AEDAF pretende reforzar su actividad en el ámbito universitario con iniciativas de colaboración que contribuyan a una mejor formación fiscal y tributaria de profesionales y futuros profesionales.

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Expertos profundizan sobre los conflictos y litigios en materia tributaria

El curso de la Universidad Autónoma de Madrid y la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) analiza la prolija conflictividad en materia tributaria que se acrecienta en España.

17/07/2012
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