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  • Civil
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
2 de julio de 2024

Inscripción de propiedad y prohibición de disposición

El principio de prioridad registral puede verse modificado cuando emergen documentos posteriores que apuntan a irregularidades en los títulos previamente presentados.

La DGSJFP ha rechazado un recurso presentado por un comprador contra la suspensión de la inscripción de su escritura de compraventa. La restricción se originó debido a una prohibición de disposición notificada previamente por la Administración tributaria al vendedor.

El registrador rechazó la validez civil de la transmisión, a pesar de que la escritura de compraventa fue presentada antes del mandamiento de prohibición. El conflicto surge porque la fecha de la escritura, y por ende de la transmisión, es posterior al aviso administrativo al vendedor.

El comprador argumentó que, al momento de recibir el aviso, la propiedad ya había sido vendida mediante un contrato privado y un pago inicial, creyendo que este acto privado no debería ser afectado por intervenciones externas.

La DGSJFP sostiene la decisión del registrador argumentando que el acceso prioritario al Registro debe considerar también documentos pendientes que puedan afectar a la propiedad o a su titular, especialmente cuando evidencian posibles irregularidades en las transacciones previas.

La resolución subraya que la fecha de la escritura pública es crucial y que los documentos privados previos, aunque mencionen pagos o acuerdos, no estaban formalizados públicamente ni presentados al Registro en su momento.

Finalmente, la resolución recalca que la admisión de otros medios de prueba para establecer fechas de transacciones privadas, y por tanto la validez de una venta, es competencia de la autoridad judicial. Además, se enfatiza que las prohibiciones de disposición derivadas de procedimientos administrativos tienen un fundamento de orden público y deben respetarse para asegurar el cumplimiento de obligaciones legales y sentencias.

RESOLUCION DGRN/DGSJFP DE 30 ABRIL DE 2024. REGISTRO DE LA PROPIEDAD. EDD 2024/551663

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Inscripción de propiedad y prohibición de disposición

El principio de prioridad registral puede verse modificado cuando emergen documentos posteriores que apuntan a irregularidades en los títulos previamente presentados.

02/07/2024
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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