Una empresa realizó inversiones medioambientales entre 2008 y 2014, pero no solicitó la certificación necesaria para aplicar la deducción por estas inversiones. La empresa quiere saber si aún puede aplicar la deducción, a pesar de que ya no está vigente, pero estar dentro del plazo de 15 años permitido para su aplicación.
Aunque la deducción por inversiones medioambientales se eliminó a partir de 2015, existe un régimen transitorio que permite aplicar las deducciones pendientes a partir de esa fecha, siempre que se cumplan ciertos requisitos. En este sentido, con carácter general, las cantidades no deducidas pueden aplicarse en los 15 años siguientes.
Para aplicar la deducción, la empresa necesita obtener la certificación de convalidación de la autoridad competente, salvo que se haya solicitado antes del inicio del plazo de declaración y no se haya emitido por razones ajenas al contribuyente, ya que en este caso puede aplicarse con carácter provisional.
Teniendo en cuenta lo anterior, la empresa puede solicitar la certificación y aplicar la deducción en los siguientes plazos:
– las inversiones realizadas en 2008 pueden aplicarse hasta el final del ejercicio 2023;
– las inversiones realizadas en 2009 pueden aplicarse hasta el final del ejercicio 2024.
Y así sucesivamente hasta las inversiones realizadas en 2014.
Una vez obtenida la certificación, la empresa debe incluir la deducción en la primera declaración del IS que presente, dentro del plazo de 15 años previsto.
CONSULTA DGT V12/2024 DE 13 FEBRERO DE 2024. EDD 2024/538135
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