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Redactado por: Redacción ADN Jurídico
20 de julio de 2023

¿Puede reproducirse un texto sin autorización como cita?

El derecho de cita no ampara la reproducción íntegra de una obra literaria sin pedir autorización.

Una traductora tradujo del japonés al castellano un relato de un novelista japonés. Años más tarde, otra editorial publicó otro libro que, entre otros textos, contiene la traducción mencionada, sin autorización de la traductora, en sus dos ediciones. La traductora tiene atribuidos los derechos de propiedad intelectual de esa traducción del texto japonés al castellano.

La traductora demandó a la editorial, solicitando que el JPI declarase la infracción de sus derechos de propiedad intelectual por parte de la editorial y la condenase a cesar en la reproducción y distribución del libro, mientras no tuviese su autorización, y a pagar una indemnización de 6.000 euros por daño moral, y 6.000 euros más el 5% del volumen total de ventas del libro como indemnización de daños y perjuicios.

El JPI desestimó la demanda, al entender que la inserción del relato, de 8 páginas, dentro de un libro de 715 páginas dedicados al análisis y estudio de la literatura japonesa, con una cita de la autora de la traducción, puede encuadrarse dentro de los límites legales al derecho de reproducción conocido como derecho de cita.

La AP estimó el recurso de la traductora, considerando que la reproducción de la traducción de la demandante en la obra de la editorial demandada no estaba amparada por ese límite legal, pues no se trataba propiamente de un fragmento, atendida la finalidad de la obra, y además ocasionaba un perjuicio injustificado a los legítimos intereses de la titular de la obra derivada que supone la traducción.

Ordenó por ello el cese de la reproducción y distribución del libro hasta que se obtenga la autorización de la demandante, y condenó a la editorial a abonarle una indemnización de 2.000 euros más el 2% del beneficio obtenido con la venta del libro.

El TS confirma el criterio de la AP en la desestimación del recurso de casación interpuesto por la editorial, interpretando el alcance del «derecho de cita» recogido en la LPI art.32.1, párrafo 1º. En su argumentación, el TS declara que:

  • En ningún caso está justificada la reproducción cuando el texto se incorpora a una antología de textos, pues entonces es claro que la finalidad no es su análisis, comentario o crítica, sino su comunicación.
  • La traducción se considera una obra derivada que también genera derechos de propiedad intelectual para la traductora, entre los que se encuentran, dentro de los derechos de explotación, el derecho de reproducción, que no puede ser realizada sin su autorización, salvo en los casos previstos como derecho de cita.
  • En el caso concreto, la reproducción íntegra del relato, «aunque ocupe unas pocas páginas en relación con la totalidad de la obra publicada, al constituir una unidad totalmente independiente, no es propiamente un fragmento de otra obra que se incluye como parte esencial de un estudio académico o científico, ni por supuesto se trata de una mera reseña». De ese modo, desborda el marco legal del límite al derecho de reproducción de la LPI art.32.1, párrafo 1º, «al primar el elemento recopilatorio frente al análisis, comentario o juicio crítico del propio texto».

STS (CIVIL) DE 16 MAYO DE 2023. EDJ 2023/578416

Fuente: ADN Jurídico

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¿Puede reproducirse un texto sin autorización como cita?

El derecho de cita no ampara la reproducción íntegra de una obra literaria sin pedir autorización.

20/07/2023
Redactado por: Redacción ADN Jurídico
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