El demandante contrató un plan que cubría los perjuicios financieros por la privación temporal del permiso de conducir, hasta un límite de mil euros al mes durante dieciocho meses.
Cuando el seguro estaba en vigor, fue sentenciado por un delito contra la seguridad vial por circular su vehículo a una velocidad de 120 Km/h en una zona urbana limitada a 50 Km/h y se le impuso la retirada del carnet por doce meses.
Posteriormente, el conductor demandó a su aseguradora solicitando el pago de la indemnización acordada, pero se la negaron basándose en la mala fe del recurrente.
La sentencia de primera instancia desestimó la petición en virtud de la infracción de la buena fe establecida en el art. 19 LCS. El ahora recurrente interpuso un recurso de apelación, el cual fue desestimado ya que el conductor contaba con conocimiento de la limitación de velocidad y el radar que lo detectó, por lo que actuó con dolo.
Contra esta sentencia, el acusado presentó un recurso de casación alegando que solo se pueden considerar intencionales aquellas situaciones en las que el asegurado provoca con plena consciencia el siniestro o, al menos, se le hace ver como muy probable que ocurra.
El TS indica que el cometimiento de un exceso de velocidad es una infracción de peligro abstracto que se produce con el ejercicio de la acción sin que sea necesario sufrir ningún daño.
La buena o mala fe en el actuar del asegurado ha de conectarse con la producción del evento o siniestro de que se trata.
En el caso al ser plenamente consciente el asegurado de la existencia de la limitación de velocidad, reforzada por la ubicación de un radar, es patente la intencionalidad de su conducta.
Por tanto, la consciencia de la ilegalidad del acto priva a la póliza de la aleatoriedad al depender del asegurado la producción del siniestro y, en consecuencia, el pago de la indemnización a él acordada.
STS (CIVIL) DE 22 NOVIEMBRE DE 2022. EDJ 2022/745502
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