La Comisión de Economía del Congreso ha aprobado el proyecto de ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo.
Tiene como objetivo modernizar y mejorar la gobernanza de las sociedades de capital, incluyendo como novedad la obligatoriedad de publicar los periodos medios de pago a proveedores de todas las entidades de este tipo, para así poder reducir los retrasos en el abono de las facturas del ámbito privado que se producen en la actualidad.
Además, se incluyen cambios sobre el régimen jurídico de las sociedades de capital, pues se da más protagonismo a la Junta de Accionistas en las decisiones empresariales, se introducen controles más estrictos de las remuneraciones de los directivos y se regula la responsabilidad por su gestión, entre otras materias.
Para no ser considerado consejero independiente, sólo se tendrán en cuenta las relaciones de negocio "de carácter significativo", y no todas.
Asimismo, se ha tomado en consideración las propuestas planteadas por el CGPJ en lo relativo al reembolso de las costas o a la revocación o sustitución de un acuerdo una vez se haya interpuesto una demanda de impugnabilidad.
Se precisa que la votación separada por puntos se realizará sobre los asuntos previstos pero también sobre cualquier otro que se incluya en los estatutos de la sociedad y aunque figuren en un mismo punto del orden del día. Además, se reconoce que la legitimidad de impugnar un acuerdo contrario al orden público la tendrán también los administradores o los socios que hayan adquirido esa condición tras producirse dicho acuerdo.
Por su parte, el Consejo de Administración podrá designar uno o varios consejeros delegados o comisiones ejecutivas, pero para ello deberá establecer expresamente "el contenido, los límites y las modalidades de la delegación", y las decisiones delegadas que se tomen por razones de urgencia sobre asuntos a priori indelegables tendrán que ser ratificadas, y no sólo comunicadas, en el primer Consejo de Administración que se celebre tras la decisión.
En cuanto al ejercicio del derecho de información a los accionistas, se precisa que sólo se podrá remitir a datos publicados en la página web si están disponibles "de manera clara, expresa y directa", y asimismo se emplaza a los ministerios de Economía y de Sanidad a presentar, en el plazo de seis meses, un informe sobre las barreras con las que los discapacitados o los mayores se encuentran para acceder a información sobre las sociedades cotizadas o para ejercer su derecho de voto en las mismas.
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