LEFEBVRE
Acceso clientes
  • Mercantil
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
11 de septiembre de 2019

Inscripción registral de vivienda con arrastre de cargas de la finca original

La DGRN establece que en caso de división o segregación den la finca original, la hipoteca subsiste en su integridad sobre cada una de las fincas resultantes, aun cuando se reduzca la obligación garantizada.

Se plantea la cancelación
registral de las cargas arrastradas por una vivienda construida y dividida
horizontalmente con posterioridad a la constitución de la hipoteca sobre la
finca original.

La DGRN desestima el recurso
interpuesto contra la calificación registral con la que se inscribe una
vivienda con arrastre de cargas. Se trata de la carga hipotecaria, no cancelada
jurídicamente, sobre lo que inicialmente era una vivienda unifamiliar y sobre
el vuelo de la misma. Los ahora recurrentes ejercitaron el derecho de vuelo
mediante escritura de declaración de obra nueva y división horizontal inscrita
en Registro.

En el recurso, se solicita
la cancelación de la carga de hipoteca sobre la nueva vivienda, por entender
que no está sujeta a esta garantía al haber sido construida y objeto de
división después de que se hubiera constituido dicha hipoteca.

En definitiva se plantea si procede
cancelar, por vía de recurso, un asiento practicado en el Registro de la
Propiedad con el arrastre de cargas correspondiente, sin que medie una nota de
calificación negativa.

Al respecto, la DGRN aplica su
propia doctrina:

• Una vez practicado un asiento,
este produce todos sus efectos en tanto no se declare su inexactitud, por la
parte interesada o por los tribunales, de acuerdo con los procedimientos
establecidos. Esto impide en este caso la revisión de la legalidad tanto del
asiento de las cargas como de la calificación positiva previa por la que se ha
practicado.

• Respecto a la inscripción de
actos que puedan alterar el elemento objetivo de la garantía hipotecaria, tiene
en cuenta lo siguiente:

– el principio de indivisibilidad
de la hipoteca implica, en caso de división o segregación realizada en la finca
original, la subsistencia de la hipoteca en su integridad sobre cada una de las
fincas resultantes aun cuando se reduzca la obligación garantizada;

– la división de finca hipotecada
no precisa el consentimiento del acreedor hipotecario, si bien de no mediar
dicho consentimiento, cada una de las nuevas fincas resultantes responden de la
totalidad del crédito garantizado, pudiendo el acreedor pedir la ejecución de
cualquiera de ellas o de todas simultáneamente; y

– cuando una parte de ese derecho
complejo se separa e independiza jurídicamente, seguirán pesando sobre ella los
gravámenes recayentes sobre el derecho en el que se integraba anteriormente.

Resolución DGRN de 10 mayo de 2019. Registro de la Propiedad.EDD 2019/600045

Fuente: Actum Civil​

  • Mercantil

Inscripción registral de vivienda con arrastre de cargas de la finca original

La DGRN establece que en caso de división o segregación den la finca original, la hipoteca subsiste en su integridad sobre cada una de las fincas resultantes, aun cuando se reduzca la obligación garantizada.

11/09/2019
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
0 comentarios