La Seguridad Social implanta a partir de hoy, como el resto de las Administraciones Públicas, la factura electrónica para los pagos a los proveedores de bienes y servicios por un importe superior a 5.000 euros. Si bien, la pretensión del organismo es generalizar el nuevo formato a todas las facturas, independientemente de su importe. De esta forma, cualquier proveedor podrá disfrutar de las ventajas que brinda el nuevo sistema, según un comunicado del Ministerio de Empleo.
El objetivo fundamental de la facturación electrónica es, por un lado, mejorar los procedimientos de pago a terceros aportando agilidad, eficacia y eficiencia a la gestión administrativa, ya que la captación de los datos se realiza de forma automática. Se elimina por tanto el papel como soporte fundamental.
Por otra parte, el nuevo sistema perfecciona los controles de las facturas pendientes de pago con el fin de reducir la morosidad. Ello contribuirá al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y a mejorar la competitividad de las empresas.
Más de 100.000 facturas en 2014
Cualquier proveedor que lo desee –independientemente del importe de la factura- podrá presentar el documento en formato electrónico. En una Administración como la de la Seguridad Social que solo en el pasado ejercicio registró alrededor de cien mil facturas, el nuevo formato supondrá ventajas tales como el ahorro de costes y la reducción de los tiempos de facturación.
El uso de la factura electrónica es obligatorio desde hoy para determinados proveedores, entre otros, sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, como se recoge en la Ley 25/2013. La norma excluye de la obligación de presentar la factura electrónica los pagos de hasta 5.000 euros.
Las facturas electrónicas con destino a la Seguridad Social se presentaran a través del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado (FACe), desde donde se facilitará a los proveedores un listado de las distintas unidades de la Seguridad Social implicadas en el trámite de las facturas electrónicas, así como de sus oficinas contables y sus centros gestores. Además, a través de este punto podrán consultar en todo momento el estado de tramitación.
Además, el FACe remitirá por medios electrónicos las facturas a la oficina contable competente quien las anotará en el registro contable de la Seguridad Social y posteriormente las distribuirá a los órganos competentes para su tramitación.
Los proveedores podrán emitir los documentos electrónicos de pago a través de sus propios sistemas de gestión o bien mediante la utilización de la aplicación gratuita puesta a disposición de todos los particulares por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Desde Espacio Asesoría no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.
Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace, desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.
Tu comentario ha sido enviado para ser revisado antes de ser publicado.