El Tribunal de Cuentas cree que las entidades gestoras de la Seguridad Social abusan de la adjudicación de contratos de servicios por el procedimiento negociado y sin publicidad, lo que a su juicio "evidencia una excesiva dependencia tecnológica" en la contratación informática, que copa la mayoría de los expedientes de este tipo.
Así lo señala en su ‘Informe de fiscalización de los contratos de servicios celebrados durante los ejercicios 2011 y 2012 por las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social", al que ha tenido acceso Europa Press.
En dicho documento, el organismo que preside Ramón Álvarez de Miranda analiza 46 de los 420 expedientes adjudicados en 2011, que engloban 70,24 de los 118,4 millones licitados, y otros 40 expedientes de los 328 de 2012 por 32 de los 57,7 millones licitados. Los contratos corresponden al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), a la Tesorería General (TGSS), al Instituto Social de la Marina y a la Intervención General de la Seguridad Social (IGSS).
Mantenimiento de equipos y programas informáticos
De los expedientes analizados, la "práctica totalidad" se refieren al mantenimiento de equipos y programas informáticos, que fueron adjudicados mayoritariamente mediante el procedimiento negociado sin publicidad, justificada por haber una única empresa autorizada por el fabricante para realizar dicha tarea.
"Esto evidencia una excesiva dependencia tecnológica en la contratación de contenido informático", critica el organismo fiscalizador, recordando que ya ha alertado de esta debilidad en anteriores informes.
Es más, critica que las entidades gestoras de la Seguridad Social ni siquiera han podido acreditar que hicieran uso de la posibilidad que les concede la normativa de negociar con las empresas licitadoras, lo que "no favorece la competencia" ni tampoco está en línea con la gestión eficiente de los recursos públicos, ya que "podrían haberse mejorado las ofertas".
Precios fijados sin criterio
Por otra parte, el informe critica que, con carácter general, los expedientes no incluyen una memoria o documento de carácter económico o "algún tipo de estimación o estudio comparativo de mercado previo" que justifique el precio fijado en la licitación "y no otro mayor o menor", tal y como obliga el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
A petición del Tribunal de Cuentas, las entidades gestoras como el INSS remitieron información a este respecto, aunque el organismo considera que dicha documentación "resultó, con carácter general, escueta, y constituye más bien una explicación elaborada a posteriori y no con carácter previo en la fase de preparación del contrato, tal y como resulta exigible".
En otros casos, se señala "someramente" que los factores considerados para fijar el precio fueron el importe de adjudicaciones anteriores, los precios de mercado o las licitaciones anteriores, "sin que esta información se fundamente en ningún documento de carácter económico que incluya los datos comparativos o análisis concretos que sustenten que el presupuesto de licitación en el momento de su fijación se ajustaba al precio general de mercado".
Por eso, entre sus recomendaciones se incluye que las entidades fiscalizadas elaboren una memoria, estimación o estudio económico previo donde se justifique el coste real del servicio a contratar, que "debe ser adecuado al precio general de mercado".
Justificar la necesidad
El ente que preside Álvarez de Miranda también reprocha la falta de explicaciones sobre la "necesidad" de externalizar un servicio, ya que las justificaciones ofrecidas por la Seguridad Social son "de contenido excesivamente genérico y basadas principalmente en la falta de recursos propios, sin concretar con la precisión suficiente la naturaleza y extensión de la necesidad que se pretende cubrir".
Como ejemplo, es de destacar el apartado relativo a los contratos de la campaña anual de comunicación de vidas laborales y bases de cotización que realiza la Seguridad Social por mandato legal, que se externalizó en 2001 y al que entre 2011 y 2012 se destinaron más de 3 millones de euros para enviar unos 22 millones de cartas.
La justificación de la necesidad de contratar estos servicios de comunicación masiva se basa, "principalmente", en el volumen de trabajo que conlleva el envío, lo que según la Tesorería General "requiere la contratación de una empresa externa especializada".
Sin embargo, hasta la externalización de esta actividad lo llevaba a cabo el propio personal funcionario de la TGSS "sin coste económico adicional" para la Seguridad Social, tal y como recuerda el Tribunal, que también señala que la misma información se encuentra ya a disposición de los ciudadanos en la web de la Seguridad Social.
Además, afirma que "no consta acreditado algún tipo de estudio o estimación que podría haber motivado, de algún modo, la necesidad de llevar a cabo la información con carácter masivo" ni tampoco ningún análisis sobre "cargas de trabajo del personal propio de la Tesorería, especialmente necesario en este caso en el que el objeto de la contratación coincide con la actividad propia y continua" de este órgano.
"La necesidad de contratar basada en el elevado volumen de envíos realizados resulta, a juicio de este Tribunal de Cuentas, insuficiente por ser excesivamente genérica, puesto que la finalidad meramente informativa y de mejora de la imagen institucional de la TGSS frente a los ciudadanos resulta una motivación insuficiente, sobre todo teniendo en cuenta el gasto que supone el envío anual y masivo de dicha información", abunda el informe.
En este sentido, sugiere que este servicio de información se preste "a petición de los ciudadanos, con los propios recursos personales y materiales (de la Tesorería) y sin coste económico adicional", porque eso "resultaría más acorde con la necesaria racionalización del gasto público".
Otras materias
En el informe, el organismo fiscalizador recuerda otras críticas recurrentes en materia de contratación, como falta de proporcionalidad y homogeneidad en los requisitos exigidos para acreditar la solvencia de las licitadoras, lo que "limita la participación" de las pymes; o deficiencias en los criterios de adjudicación -falta de relación con el objeto del contrato, insuficiente determinación previa de la forma de valorar o falta de concreción sobre posibles mejoras propuestas, etc.-.
Además, lamenta que ninguno de los expedientes analizados incluya previsiones específicas para favorecer la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, y que tampoco se haya hecho uso de la figura del ‘responsable de contrato’, prevista en la legislación.
Por otra parte, valor que en la mayor parte de los contratos la Administración abonó el precio dentro del plazo legalmente previsto e incluso inferior, y también que las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social cumplieron en general con su obligación de presentar la documentación sobre contrataciones de servicios.
Finalmente, en relación con los contratos de limpieza, vigilancia y seguridad de estos organismos, el informe critica que tampoco vayan acompañados de memoria económica y señala que en algunos expedientes el precio de licitación ha aumentado con respecto a la adjudicación inmediatamente anterior pese a tener características "idénticas o muy similares".
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