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Redactado por: El Derecho
25 de febrero de 2014

Límite a los conceptos exentos de cotización

La Asociación Española de Directivos analiza el Real Decreto 16/2013, de 20 de diciembre en relación a los conceptos ahora integrantes de la base de cotización.

Tras la entrada en vigor de la norma en cuestión, se produce un cambio sustancial con la reforma del artículo 109.2 de la Ley General de la Seguridad Social, ya que se introduce el término “únicamente” con el efecto de limitar los conceptos exentos de cotización.

Con la nueva normativa se incluyen en la base de cotización una serie de conceptos que históricamente quedaban excluidos de cotización en su integridad o parcialmente.

La AED ha analizado en el “informe sobre el incremento de las cotizaciones” dichos conceptos, comparándolos con la anterior normativa, así como algunos aspectos de los mismos que pueden generar dudas a la hora de determinar el importe a incluir en la base de cotización.

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Límite a los conceptos exentos de cotización

La Asociación Española de Directivos analiza el Real Decreto 16/2013, de 20 de diciembre en relación a los conceptos ahora integrantes de la base de cotización.

25/02/2014
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