LEFEBVRE
Acceso clientes
  • Jurídico
Redactado por: El Derecho
27 de febrero de 2014

El 'céntimo sanitario' vulnera la legislación comunitaria, según el TUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplicaban algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinaban a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria.

Los afectados podrán reclamar la devolución de los 13.000 millones de euros recaudados en el periodo comprendido entre 2002 y 2011.

El gravamen es el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), que estaba destinado a financiar las competencias transferidas a las CCAA en materia sanitaria, además de actuaciones medioambientales. Estuvo en vigor entre el 1 de enero de 2002 y el 1 de enero de 2013, fecha en la que se integró en el impuesto especial sobre los hidrocarburos.

El Tribunal declara que el ‘céntimo sanitario’ es contrario a la directiva de la UE sobre los impuestos especiales, al no cumplir el principal requisito exigido a un gravamen de este tipo: perseguir una finalidad específica.

Según el TUE, las comunidades autónomas destinan la recaudación "a los gastos sanitarios en general, y no a los vinculados específicamente al consumo de los hidrocarburos gravados".

Antecedentes

En 2000 la justicia europea se pronunció sobre un impuesto con características similares. Además, en 2001, la Comisión informó a las autoridades españolas de que la introducción del impuesto era contraria al Derecho de la Unión.

Por último, en 2003 (el año siguiente a la entrada en vigor del IVMDH), la Comisión inició un procedimiento de incumplimiento contra España en relación con dicho impuesto.

  • Jurídico

El 'céntimo sanitario' vulnera la legislación comunitaria, según el TUE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que el 'céntimo sanitario' -el impuesto sobre los carburantes que aplicaban algunas comunidades autónomas y cuyos ingresos se destinaban a financiar la sanidad- vulnera la legislación comunitaria.

27/02/2014
Redactado por: El Derecho
0 comentarios