En el caso de las facturas ya incluidas en los listados remitidos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, los proveedores pueden dar ya su aceptación al mecanismo de financiación por vía telemática desde la página web de la Agencia Tributaria o dirigiéndose a su comunidad y comunicándolo por escrito.
En ambos casos, los proveedores deberán presentar su aceptación, la fecha de dicha aceptación, el número de cuenta corriente en el que quieren que se abone el pago, la naturaleza de la empresa y el importe del principal.
Los proveedores que observen que, cumpliendo con los requisitos del segundo tramo de esta última fase del Plan contra la Morosidad, sus facturas no están incluidas en los listados remitidos, tendrán que dirigirse a su comunidad autónoma para solicitar su inclusión con el modelo establecido de certificado individual o masivo.
La solicitud de este certificado implica la aceptación del proveedor. El certificado individual se expedirá por el interventor general de la comunidad autónoma en el plazo de diez días hábiles desde la presentación de la solicitud. En el caso de que no se hubiera contestado la solicitud en plazo se entenderá rechazada.
Las comunidades autónomas que ya se adhirieron al primer tramo del Plan contra la Morosidad, para eliminar el stock de facturas pendientes, entran automáticamente en la segunda y última fase del mismo. Estas comunidades autónomas son Andalucía, Aragón, Islas Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Región de Murcia y Comunidad Valenciana. Además, Extremadura se ha incorporado a este segundo tramo.
Según Hacienda, se permitirá que las comunidades puedan normalizar todos sus pagos pendientes y reducir su deuda comercial acumulada antes de la entrada en vigor de la nueva normativa en materia de morosidad, atendiendo al resto de proveedores no cubiertos en el primer tramo, que se inició en junio, ya que éste priorizó el pago de servicios básicos, como conciertos en materia sanitaria, educativa y servicios sociales, convenios, transferencias al tercer sector y subvenciones en I+D+i, así como todos los proveedores de las entidades locales.
Desde Espacio Asesoría no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.
Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace, desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.
Tu comentario ha sido enviado para ser revisado antes de ser publicado.