Este nuevo órgano englobará a todos los colegios de economistas y colegios de titulares mercantiles que hasta ahora pertenecían a los Consejos Generales de Colegios de Economistas y de Titulares Mercantiles de España, y se relacionará con la Administración General del Estado a través del Ministerio de Economía y Hacienda.
La iniciativa, impulsada por la diputada socialista Meritxell Batet, se discute por el procedimiento de tramitación directa y en lectura única, con lo que podrá ser aprobada definitivamente la próxima semana por el Senado y entrar en vigor en esta legislatura.
La norma sostiene que la constitución de un nuevo Consejo que agrupe los intereses de todos estos profesionales es fruto de un largo proceso de acuerdo entre los respectivos órganos de gobierno e incluso entre los propios colegiados sobre la articulación más idónea de su representación y defensa de los intereses de sus miembros.
Dentro del mes siguiente a la entrada en vigor de la Ley, se reunirán separadamente los Plenos del Consejo General de Colegios de Economistas y del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles para designar una Comisión Gestora, formada por veinticinco miembros, nombrados quince por el primero y diez por el segundo.
COMISIÓN GESTORA.
El presidente de esta Comisión Gestora será el presidente del Consejo General de Colegios de Economistas de España y el vicepresidente quien ocupe la presidencia del Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles.
Su función será elaborar, en el plazo de dos años, unos estatutos provisionales reguladores de los órganos de gobierno del nuevo Consejo General de Economistas, para cuya aprobación se requerirá la mayoría de dos tercios del número legal de los miembros de la Comisión Gestora y cuya "legalidad" tendrá que verificar el Ministerio de Economía y Hacienda.
Tras la constitución formal del nuevo Consejo General, quedarán disueltos el Consejo General de Colegios de Economistas de España y el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles de España. Seis meses después se aprobarán los estatutos definitivos.
COLEGIOS AUTONÓMICOS.
El nuevo órgano servirá de apoyo a los procesos de unificación de las corporaciones colegiales territoriales, respetando el derecho de colegiarse de quien ya cumpliera los requisitos y sin afectar "en nada" a sus funciones profesionales que tuvieran reconocidas. Así, tras la entrada en vigor de esta Ley, "todos los colegiados ostentarán iguales derechos y obligaciones".
En cualquier caso, los procesos de unificación de los colegios y los consejos autonómicos de colegios de economistas y los de titulares mercantiles se regirán por lo dispuesto en la legislación estatal o autonómica aplicable sobre colegios profesionales a la que estén sujetos.
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