La revisión de la Carta Magna, que no se ha sometido a referéndum ya que los diputados y senadores que así lo solicitaron no fueron suficientemente numerosos, consiste en la modificación del artículo 135 con el fin de incluir el principio de estabilidad presupuestaria en las Administraciones públicas.
El nuevo artículo consta de seis puntos. El primero establece que "todas las Administraciones Públicas adecuarán sus actuaciones al principio de estabilidad presupuestaria", mientras que el segundo prohíbe al Estado y a las Comunidades Autónomas "incurrir en un déficit estructural que supere los márgenes establecidos, en su caso, por la Unión Europea para sus Estados Miembros".
Una ley orgánica –que deberá aprobarse antes de junio de 2012– fijará el déficit estructural máximo permitido al Estado y a las Comunidades Autónomas, en relación con su producto interior bruto, mientras que las entidades locales deberán presentar equilibrio presupuestario, continúa el nuevo artículo.
El Estado y las Comunidades Autónomas habrán de estar autorizados por ley para emitir deuda pública o contraer crédito, según el nuevo texto.
Además, los límites de déficit estructural y de volumen de deuda pública sólo podrán superarse –con la nueva redacción– "en caso de catástrofes naturales, recesión económica o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control del Estado y perjudiquen considerablemente la situación financiera o la sostenibilidad económica o social del Estado, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados".
En la exposición de motivos de la reforma se explica que la actual situación económica y financiera, marcada por una "profunda y prolongada crisis, no ha hecho sino reforzar la conveniencia" de llevar el principio de estabilidad presupuestaria a la Constitución "al objeto de fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española a medio y largo plazo".
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