Según publica el Boletín Oficial de las Cortes, y recoge Europa Press, su remisión a la Comisión de Empleo del Parlamento, una vez oída la Junta de Portavoces, así como la apertura del plazo de presentación de enmiendas, concluirá el día 10 de noviembre.
El Proyecto de Ley, en su exposición de motivos, reconoce que la economía de Castilla-La Mancha está sustentada, en la actualidad, principalmente sobre sus autónomos, sus empresarios y sus pequeñas y medianas empresas, en sus múltiples formas y variedades, y que las empresas "han sido y son el verdadero motor de la economía y del empleo".
El texto reconoce que "los poderes públicos no han contribuido a dignificar" la figura del empresario como se merece sino que, por el contrario, "para muchos sectores sociales la figura del empresario ha sido sinónimo de valores negativos", de ahí que esta ley haga Por "especial énfasis en la necesidad de transmitir el significado de empresa y empresario a los más jóvenes, formándoles en el mercado y sus reglas".
La ley se compone de 40 artículos, estructurados en un Título Preliminar, ocho Títulos, tres disposiciones adicionales, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. El Título Preliminar regula las disposiciones de carácter general y el Título primero va dirigido a la educación, proponiendo medias de fomento de la cultura empresarial.
En el Título tercero se contempla la creación del Observatorio Regional de Mercado, que tendrá por objeto determinar las necesidades de mercado presente y futuro, a fin de adaptar las medidas de fomento del empleo y de apoyo a los emprendedores; el Título cuarto, estructurado en dos capítulos, aborda una serie de medidas de acción positiva destinadas a fomentar la prevención de riesgos laborales en las personas emprendedoras.
El Título quinto se refiere a la tutela y ayuda económica del emprendedor; el Título sexto incorpora la priorización y abono de deudas, las líneas de apoyo y el acceso al crédito y se reconoce la actividad de la figura del inversor privado informal; el Título séptimo está dirigido a la potenciación de las empresas en el comercio exterior y el Título octavo contiene una serie de medidas para fomentar la conciliación de la vida familiar, laboral y personal.
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