Gestha atribuye este desfase entre lo ingresado y lo que ahora deberá reintegrar a la prescripción de 9.176 millones correspondiente a los ejercicios fiscales anteriores al establecer la Ley General Tributaria un periodo máximo de cuatro años para la solicitud de ingresos indebidos. Por ello, aclaran que "no todo será reclamable" ya que los consumidores que quieran beneficiarse de la sentencia del TUE sólo podrán solicitar su devolución en el periodo comprendido entre marzo de 2010 y diciembre de 2012.
Eso sí, desde Gestha se hace hincapié en las dificultades a las que se enfrentarán los consumidores que quieran exigir la devolución de lo pagado, ya que deberán aportar a la Agencia Tributaria las facturas de los distintos repostajes, con el desglose de los litros consumidos y el detalle del impuesto devengado.
El Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH), denominado comunmente ‘céntimo sanitario’ estuvo en vigor desde el primero de enero de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2012 y consisitía en un gravamén sobre el combustible de uso comercial con finalidad medioambiental o de financiar la Sanidad Pública, competencia que tienen transferidas las comunidades autónomas, por ello, la recaudación se cedió a las CC.AA.
Excepciones para el reintegro
La primera de las excepciones afectaría a aquellos profesionales que solicitaron por la vía judicial la devolución del IVMDH en diciembre de 2013, aconsejados por las agrupaciones de transportistas. En este supuesto aquellos demandantes podrían reclamar a las correspondientes administraciones hasta 4.470 millones de euros, monto proveniente de la recaudación del impuesto desde el cuarto trimestre de 2009, fecha resultante de calcular los cuatro años anteriores a la generalización de las solicitudes de devolución.
El segundo supuesto se encontrarían aquellos profesionales que desde el inicio exigieron la devolución del céntimo sanitario durante el periodo en el que estuvo vigente el IVMDH. En este caso concreto, los demandantes podrán recuperar el dinero solicitado a devolver, siempre y cuando los procesos estén vigentes en los tribunales.
La sentencia del TUE condena al Gobierno español a la devolución del denominado céntimo sanitario, que durante los diez años que estuvo vigente recaudó más de 13.100 millones de euros que fueron a parar a las arcas de las comunidades autonómas para finaciar el gasto de la sanidad pública.
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