Como todos los años por estas fechas, el REAF-CGCEE, órgano especializado del Consejo General de Economistas, ha elaborado un documento de ayuda a la Declaración de Sociedades 2012, resaltando las novedades normativas de ese año, las que se aplican en 2013 y algunos aspectos destacables que han puesto de manifiesto la última doctrina administrativa y la jurisprudencia.
Como desde la Unión Europea se recomienda una reforma integral del sistema tributario, y como parece que existe cierto acuerdo en que uno de los tributos a reformar debe ser el Impuesto sobre Sociedades, los economistas adelantan unas posibles líneas de reforma.
Respecto a las novedades para esta declaración resaltan las siguientes:
– Las limitaciones a la compensación de bases negativas, a la deducción de gastos por intangibles, a la deducción de gastos financieros, a la libertad de amortización, suprimida, en general, a partir del 31 de marzo de 2012 y a las deducciones por incentivos a la inversión.
– Presunción de obtención de rentas por bienes no contabilizados o no declarados si no se han relacionado en el modelo 720 de bienes y derechos situados en el extranjero.
– Prórroga de determinados incentivos como el tipo especial del 20% para micropymes con mantenimiento de empleo y deducciones por inversiones cinematográficas o por inversiones para habituar a los empleados en el uso de las TIC´s.
De las novedades para ejercicios iniciados en 2013 destacan:
– La posibilidad de actualizar balances presentado una declaración, modelo 208, en el mismo plazo de la declaración y pagando un 5% del incremento de valor de los activos.
– Limitación en 2013-14, a las entidades con cifra de negocios superior a 10 millones de euros, de la amortización al 70% del gasto contable fiscalmente deducible.
– Tipo reducido del 15-20% para entidades de nueva o reciente creación en el primer año de beneficios y el siguiente.
– Las que aprobará la ley de emprendedores. Aunque solo se conoce el Anteproyecto, por lo que respecta al Impuesto sobre Sociedades, ya se aplicará en 2013 una deducción por inversión de beneficios, la mejora en algunos casos de la deducción por I+D y la modificación del incentivo denominado Patent-box.
Asimismo, el órgano especializado del Consejo General de Economistas aprovecha para dar unas referencias ante la reforma del Impuesto, en el marco de la que parece será una reforma integral de nuestro sistema tributario si se siguen las recomendaciones de la UE:
* En la reforma global del sistema tributario habrá que tener en cuenta:
– En el IRPF los tipos han tocado techo, en IVA existe poco margen de subida y alguno más en IIEE.
– Habrá que repensar el cóctel de impuestos del Estado, CCAA y EELL.
– Es preciso revisar impuestos obsoletos como AJD o IIVTNU.
– Todavía hay que explorar la tributación medioambiental o figuras como el Impuesto sobre depósitos bancarios o sobre transacciones financieras.
* La reforma del Impuesto sobre Sociedades viene motivada por la caída de recaudación durante la crisis, el parcheo continuo del impuesto y la diferencia entre el tipo nominal y el efectivo que pagan las empresas.
* Líneas de reforma:
– Ensanchamiento de bases.
– Tendencia a bajar el tipo general.
– Mantenimiento de la determinación de la base imponible a partir del resultado contable.
– Aproximación de la base imponible al resultado contable.
– Revisión de regímenes especiales.
– Revisión de tipos.
– Simplificación de amortizaciones.
– Revisión de la limitación de gastos financieros deducibles.
– Medidas destinadas a que disminuya el fraude en el ámbito internacional.
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