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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
10 de julio de 2019

Deducibilidad de gastos de conservación y reparación de vivienda en expectativas de alquiler

La DGRN considera que la deducibilidad de los gastos de conservación y reparación anteriores al arrendamiento está condicionada a la obtención de unos rendimientos íntegros del capital inmobiliario.

Una persona física pretende destinar
al alquiler una vivienda de su propiedad, pero para ello debe realizar previamente
unos gastos reparación en la misma. Ante la duda sobre su tributación, eleva una
consulta ante la DGT planteando si los referidos gastos tienen la consideración
de deducibles.

La Dirección General parte de que
los rendimientos que se perciban fruto del arrendamiento de la vivienda tienen la
consideración de rendimientos de capital inmobiliario, puesto que dicho arrendamiento
no se realiza como actividad económica.

Además, los gastos objeto de consulta
tienen la consideración de conservación y reparación, por lo que son deducibles
siempre y cuando se obtengan ingresos.

Puesto que la vivienda se encuentra
en expectativas de alquiler, se exige la existencia de una correlación entre los
gastos de conservación y reparación, y los ingresos derivados del posterior arrendamiento
de la vivienda.

Por ello las reparaciones y actuaciones
de conservación efectuadas deben ir dirigidas exclusivamente a la futura obtención
de rendimientos del capital inmobiliario, a través del arrendamiento o de la constitución
o cesión de derechos de uso y disfrute, y no al disfrute, siquiera temporal, de
la vivienda por su titular.

Por tanto, la Administración concluye
que las reparaciones tienen la consideración de gasto deducible siempre que se dirijan
de forma exclusiva a poner el inmueble en condiciones de poder arrendarlo.

Respecto al importe máximo deducible,
no puede exceder la cuantía de los rendimientos íntegros de capital inmobiliario
computados en el periodo impositivo por el arrendamiento de la vivienda. El exceso
puede computarse en los cuatro años siguientes.

Consulta DGT V3146/2018 de 11 diciembre de 2018. EDD 2018/133601

Fuente: ADN Jurídico

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Deducibilidad de gastos de conservación y reparación de vivienda en expectativas de alquiler

La DGRN considera que la deducibilidad de los gastos de conservación y reparación anteriores al arrendamiento está condicionada a la obtención de unos rendimientos íntegros del capital inmobiliario.

10/07/2019
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