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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
10 de febrero de 2020

Impuesto del patrimonio y cuenta corriente en divisas y de ahorro de pensiones en Suiza

La DGT se pronuncia sobre la forma de determinar el saldo medio del último trimestre de cuentas corrientes de divisas distintas del euro y señala que los derechos consolidados y derechos económicos de planes de pensiones constituidos en Estados no miembros de la UE no pueden beneficiarse de la exención en el Impuesto.

Se plantean las siguientes cuestiones
en relación a un residente fiscal en España y de nacionalidad suiza titular de varias
cuentas bancarias en Suiza en distintas divisas y de una cuenta de ahorro de pensiones
en Suiza:

a) Cuentas corrientes en distintas
divisas con las que realiza operaciones financieras de compra y venta de divisas:
a efectos de determinar la base imponible del Impuesto, se plantea cuál es la forma
de computar el saldo medio del último trimestre del ejercicio para obtener el valor
de las mantenidas en Suiza.

La LIP regula el valor a declarar
de los depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo en el art. 12 IP.

Para calcular el saldo medio de estas
cuentas el consultante debe tener en cuenta que:

– no ha de incluir los fondos que
se hayan retirado para adquirir divisas depositadas en otras cuentas titularidad
del obligado;

– cuando se trate de divisas distintas
del euro, se ha de efectuar el cálculo en la moneda de que se trate, determinándose
a continuación su contravalor en euros en función del tipo de cambio oficial del
euro correspondiente a la fecha de devengo del Impuesto (31 de diciembre), publicado
por el Banco Central Europeo o, en su defecto, el último tipo de cambio oficial
publicado con anterioridad. Si no existe tipo de cambio oficial, se debe tomar como
referencia el valor de mercado de la unidad monetaria de que se trate.

b) Computo de la cuenta de ahorro
de pensiones en Suiza. Conforme al sistema de pensiones suizo, los trabajadores
deben estar afiliados a una institución de previsión que cubre las contingencias
de jubilación, fallecimiento e invalidez y a la que deben realizar aportaciones
tanto la empresa como los trabajadores.

Cuando se extingue la relación laboral
con la empresa, el empleado debe abandonar la institución de previsión de su empleador
y tiene derecho a lo que se denomina una prestación de salida o de libre paso constituida
por el ahorro acumulado determinado por la institución de previsión. Esta prestación
debe ser transferida por la institución de previsión de salida a una nueva institución
de previsión del nuevo empleador o, de no ser esto posible, a una institución de
libre paso, que puede ser una póliza de seguros, o una cuenta de libre paso en una
entidad bancaria. El capital trasladado es indisponible hasta el acaecimiento de
las contingencias de jubilación, fallecimiento y, en su caso, invalidez.

Las cuentas de libre paso solo constituyen
una forma de instrumentar los derechos consolidados adquiridos en el sistema de
pensiones suizo, cuando se produce un supuesto que determina la salida del trabajador
de la institución de previsión social.

Cuando la normativa del IP establece
la exención de los derechos consolidados de los partícipes y los derechos económicos
de los beneficiarios en un plan de pensiones, se refiere únicamente a los planes
de pensiones regulados en los capítulos I a II del RDLeg 1/2002, así como a los
previstos en la sección segunda de su capítulo X (fondos de pensiones de empleo
españoles en otros Estados miembros) sujetos a la legislación de otros Estados miembros.

Por lo tanto, los derechos consolidados
y derechos económicos de planes de pensiones constituidos en Estados no miembros
de la UE no pueden beneficiarse de la exención prevista en la LIP. Las cuentas de
ahorro de pensiones mantenidas en Suiza deben formar parte del patrimonio neto del
consultante, computándose en la base imponible del Impuesto, según la regla prevista
para los demás bienes y derechos de contenido económico, por su precio de mercado
en la fecha del devengo del Impuesto.

Consulta DGT V1049/2019 de 16 mayo de 2019. EDD 2019/626242

Fuente: Actualidad Mementos Fiscal

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Impuesto del patrimonio y cuenta corriente en divisas y de ahorro de pensiones en Suiza

La DGT se pronuncia sobre la forma de determinar el saldo medio del último trimestre de cuentas corrientes de divisas distintas del euro y señala que los derechos consolidados y derechos económicos de planes de pensiones constituidos en Estados no miembros de la UE no pueden beneficiarse de la exención en el Impuesto.

10/02/2020
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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