Así se establece en las enmiendas que se han incluido en la ley y por las que se habilita al Gobierno para que en el plazo de un año revise el universo de las EIP por actividad y tamaño. Los bancos, las aseguradoras y las cotizadas seguirán siendo EIP pero pueden salir de esa lista otro tipo de empresas que se considere que no deben cumplir los requisitos reforzados de las EIP.
El objetivo de esta medida es "no imponer requisitos adicionales a entidades que por su tamaño o actividad no merezcan tener la condición de entidades de interés público".
La Ley de Auditoría entrará en vigor en junio de 2016 tal como establece la Directiva y hasta ese momento se trabajará también en el reglamento que desarrolle la ley, de modo que ambas normas puedan entrar en vigor prácticamente a la vez.
En la ley se prevé que las EIP que sean empresas con pocos accionistas (fundamentalmente las empresas familiares) no deban tener consejeros independientes en su comisión de auditoría, ya que ésta es un órgano del consejo de administración, por lo que no parece razonable exigir independientes en aquella si no se les exige en éste.
En las enmiendas introducidas en el Congreso también se establece que cuando en un grupo de empresas la matriz y sus filiales sean EIP, se permite que las filiales que tengan administrador único (y por tanto no cuenten con consejo de administración propio) no tengan un comisión de auditoría propia, siempre que lo tenga la matriz.
Además se precisa el régimen de incompatibilidades en las EIP, de manera que regirá para los auditores cuando ellos o sus familiares próximos presten ciertos servicios distintos de auditoría a la entidad auditada y a algunas de las entidades vinculadas con la entidad auditada.
Desde Espacio Asesoría no disponemos de un servicio gratuito de asesoramiento, por lo que su comentario solo podrá ser respondido por otros lectores.
Si necesita una respuesta profesional, le recomendamos realice su pregunta desde el siguiente enlace, desde donde podrá establecer un contacto privado con un abogado.
Tu comentario ha sido enviado para ser revisado antes de ser publicado.