Las principales modificaciones establecidas por el RD 1/2021, de 12 de enero, en la norma de registro y valoración de instrumentos financieros son:
ACTIVOS FINANCIEROS
A) Se establece una nueva clasificación con las siguientes categorías:
Recoge con carácter general las categorías anteriores de Préstamos y partidas a cobrar e Inversiones mantenidas hasta el vencimiento. Su valoración inicial es a valor razonable (más costes de transacción) y la valoración posterior a coste amortizado.
Con carácter general se incluyen en esta categoría los créditos por operaciones comerciales y los no comerciales:
– Créditos por operaciones comerciales: son aquellos activos financieros que se originan en la venta de bienes y la prestación de servicios por operaciones de tráfico de la empresa con cobro aplazado.
– Créditos por operaciones no comerciales: son aquellos activos financieros que, no siendo instrumentos de patrimonio ni derivados, no tienen origen comercial y cuyos cobros son de cuantía determinada o determinable, que proceden de operaciones de préstamo o crédito concedidos por la empresa.
Los créditos por operaciones comerciales con vencimiento no superior a un año y que no tengan un tipo de interés contractual explícito, así como los créditos al personal, los dividendos a cobrar y los desembolsos exigidos sobre instrumentos de patrimonio, cuyo importe se espera recibir en el corto plazo, se podrán valorar por su valor nominal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no sea significativo.
Recoge la categoría anterior de inversiones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas y los activos financieros para los que no pueda obtenerse una estimación fiable de su valor razonable. Su valoración inicial y posterior es a coste. En el caso de cuentas en participación y de préstamos participativos el coste se incrementa o disminuye por el beneficio o pérdida atribuido.
En todo caso se incluyen una serie de instrumentos que la propia norma enumera.
Recoge las categorías anteriores de Activos financieros mantenidos para negociar y Otros activos financieros a valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias. Su valoración inicial es a valor razonable sin incluir costes de transacción, y su valoración posterior a valor razonable con cambios en la cuenta de resultados. Se incluyen los activos financieros no incluidos en las otras tres categorías. Además, un activo puede incluirse voluntariamente en esta categoría para reducir o eliminar asimetrías contables.
Recoge la anterior categoría de activos financieros disponibles para la venta. Su valoración inicial es a valor razonable (más costes de transacción) y su valoración posterior a valor razonable. Los cambios que se produzcan en el valor razonable se registran directamente en el patrimonio neto, hasta que el activo financiero cause baja del balance o se deteriore, momento en que el importe así reconocido, se imputará a la cuenta de pérdidas y ganancias.
B) Debido a las nuevas categorías se establecen las siguientes reclasificaciones de forma prospectiva desde la fecha de reclasificación:
En tal caso, su valor razonable se mide en la fecha de reclasificación reconociendo cualquier ganancia o pérdida que surja, por diferencia entre el valor contable del activo previo a la reclasificación y el valor razonable, en la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo que la empresa opte en ese momento por incluir la inversión en la categoría de activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Se aplicará este mismo criterio a las inversiones en otros instrumentos de patrimonio que puedan valorarse con fiabilidad.
Si el valor razonable de un instrumento de patrimonio dejase de ser fiable, su valor razonable en la fecha de reclasificación pasa a ser su nuevo valor en libros.
Cuando la reclasificación es al contrario, se reclasifica a su valor razonable en esa fecha. Las ganancias y pérdidas acumuladas en el patrimonio neto se ajustan contra el valor razonable del activo financiero en la fecha de reclasificación. Como resultado el activo financiero se mide en la fecha de reclasificación como si se hubiera medido a coste amortizado desde su reconocimiento inicial.
Si la entidad reclasifica un activo financiero desde la categoría de valor razonable con cambios en el patrimonio neto a la de valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, el activo financiero se continúa midiendo a valor razonable, pero la ganancia o pérdida acumulada directamente en el patrimonio neto se reclasifica a la cuenta de pérdidas y ganancias en esa fecha.
Fuente: Actualidad Mementos Contable
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