Se puede ejercer la acción publiciana, aunque se nombrase como reivindicatoria, por ser coherente con la causa de pedir.
Debe tenerse en cuenta la intervención que el mismo haya podido tener en la causación del daño.
No se puede resolver su contrato si las decisiones adoptadas, aunque no fueran exitosas, se encuentran dentro del ámbito de discrecionalidad empresarial.
Lo son los intereses del endeudamiento para adquirir autocartera y amortizarla, con reducción del capital social.
Es discriminatorio el que su cuantía sea reducida en proporción a la reducción del salario.
Es necesario que la Administración justifique la concurrencia de hechos nuevos que no existían en la primera comprobación.
Se aprecia al no haber podido conocer la magnitud de las obligaciones con anterioridad a la aceptación.
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