La UE es el segundo socio comercial para Canadá, tras Estados Unidos, mientras que Canadá ocupa el puesto número 12 para la UE, que en 2014 exportó a ese país bienes por valor de 31.700 millones de euros y absorbió bienes canadienses valorados en 27.400 millones de euros.
El Acuerdo afecta a unos 545 millones de personas y, según fuentes oficiales, tendrá un impacto anual de 12.000 millones de euros en la economía de la UE y de 8.000 en la de Canadá.
Respetará plenamente las normas europeas en ámbitos como la seguridad alimentaria y los derechos del trabajador, incluyendo también todas las garantías necesarias para que el beneficio económico no vaya en detrimento de la democracia, el medio ambiente o la salud y seguridad de los consumidores.
Se contempla en el Acuerdo el sistema de tribunales privados de arbitraje previstos para resolver los litigios entre inversores y Estados, de forma que se estandaricen marcos normativos y se aceleren las sentencias. Los Magistrados serán designados entre la UE y Canadá.
Podrá aplicarse a partir del próximo enero que es cuando está previsto que lo apruebe el Parlamento Europeo, aunque para su implementación total deberá de ser ratificado por los Parlamentos nacionales de todos los países de la Unión.
A grandes rasgos, los principales efectos que se esperan del Acuerdo serán los siguientes:
– Eliminará casi todos los derechos de importación, lo que supondrá para los exportadores europeos un ahorro de cerca de 500 millones de euros al año.
Esta eliminación se aplicará también al sector de la agricultura y la alimentación, con lo que casi el 92% de los productos agrícolas y alimentarios de la UE será exportado a Canadá libres de impuestos.
-Permitirá a las empresas de la UE presentarse a licitaciones en Canadá.
Las empresas europeas serán las primeras en obtener ese nivel de acceso a la contratación pública en Canadá, pues ningún otro acuerdo internacional celebrado por Canadá ofrece oportunidades similares.
-Permitirá también a las empresas de la UE acceder a los mercados de servicios y de inversión de Canadá.
Podrán acceder a los servicios y mercados de inversión de Canadá, además de prestar servicios postales, de telecomunicaciones y de transporte marítimo. También se facilitarán a las empresas de servicios financieros de la UE las operaciones en Canadá.
-Facilitará los desplazamientos temporales de ejecutivos de empresas y proveedores de servicios entre la UE y Canadá. Esto supone una gran ventaja para las empresas que operan a ambos lados del Atlántico.
– Permitirá a los arquitectos, ingenieros y contables europeos podrán ofrecer directamente sus servicios a los clientes canadienses.
-Contribuirá a acabar con las reproducciones ilegales de las innovaciones, obras de arte, marcas comerciales y alimentos tradicionales europeos en Canadá.
Gozarán en Canadá de una protección similar a la que tienen en la UE. De esta forma se previene su reproducción ilegal, redundando en beneficio del sector farmacéutico, los agricultores y los productores alimentarios europeos y beneficiando, por tanto a las pequeñas y medianas empresas europeas.
-Incrementará la cooperación entre los organismos de normalización canadienses y europeos.
El AECG no implica que la normativa canadiense se reconozca automáticamente en Europa o viceversa, pero mejorará la transparencia e incrementará la cooperación entre los organismos de normalización de ambas partes, pues tanto Canadá como la UE reconocerán los resultados de algunos de los controles oficiales de la otra parte para garantizar que los productos cumplan las normas.
Así se reducirán los costes administrativos que supone tener que comprobar dos veces el cumplimiento de las normas técnicas y las empresas de la UE podrán competir más fácilmente con las estadounidenses en el mercado canadiense.
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