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Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
9 de diciembre de 2016

Coste de recogida y entrega de menores en el ejercicio del régimen de visitas

El TS analiza si es de aplicación la jurisprudencia existente sobre recogida y entrega de menores y costes de desplazamiento con ocasión del ejercicio del régimen de visitas en progenitores que pasan a residir en ciudades diferentes tras la crisis familiar, a supuestos de progenitores que ya residían en ciudades distantes antes de la ruptura, entendiendo que no procede su abono cuando no ha habido cambios de domicilio tras la ruptura, debiéndose desplazar a la localidad de residencia de la madre y el menor tal y como venía realizando antes de su ruptura.

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Recurre el padre en casación, al considerar que se ha conculcado
la jurisprudencia del TS según la cual, en defecto de acuerdo entre los cónyuges,
cada progenitor llevará a cabo la recogida del menor en el domicilio del progenitor
custodio y el custodio lo retornará a su domicilio concluido el periodo de estancia,
salvo que las circunstancias del caso, y en interés del menor y del principio de
distribución equitativa de las cargas, aconseje establecer la obligación de recogida
y retorno del menor a uno de los progenitores, con la correspondiente compensación
económica.

La Sala señala que la doctrina jurisprudencial invocada no es
absolutamente compatible con el supuesto enjuiciado, pues aquella parte de un domicilio
familiar común que cambia tras la ruptura, propiciando el traslado de uno de los
progenitores por causa justificada.

Pero, en el presente caso, no se da un cambio de domicilio, sino
una ruptura afectiva de la pareja. La sentencia apelada establece que el recurrente
deberá desplazarse en sus visitas de la misma manera que ya venía haciendo antes
de la ruptura afectiva; circunstancia que, no obstante, se tiene en cuenta para
moderar la cuantía de la pensión alimenticia que se le impone. La corta edad del
menor no hace aconsejable que éste realice desplazamientos cada quince días.

Por tanto, el Tribunal establece que la doctrina jurisprudencia
consolidada sobre entrega de los menores y costes de desplazamiento con ocasión
del régimen de visitas no es aplicable a supuestos en los que la circunstancia de
residir los progenitores en ciudades diferentes ya existía antes de la ruptura.

STS Sala 1ª de 27 septiembre 2016. EDJ 2016/163343

Fuente: ADN Jurídico

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Coste de recogida y entrega de menores en el ejercicio del régimen de visitas

El TS analiza si es de aplicación la jurisprudencia existente sobre recogida y entrega de menores y costes de desplazamiento con ocasión del ejercicio del régimen de visitas en progenitores que pasan a residir en ciudades diferentes tras la crisis familiar, a supuestos de progenitores que ya residían en ciudades distantes antes de la ruptura, entendiendo que no procede su abono cuando no ha habido cambios de domicilio tras la ruptura, debiéndose desplazar a la localidad de residencia de la madre y el menor tal y como venía realizando antes de su ruptura.

09/12/2016
Redactado por: Redacción Espacio Asesoría
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